Posteado por: CONTABILIDAD PUNTUAL | 16 agosto 2011

CONSIDERACIONES SOBRE LA FACTURACIÓN POR CUENTA DEL VENDEDOR (FACTURA ESPECIAL)

La facturación por cuenta del vendedor, conocida como Factura Especial, es un documento con las mismas características de la factura común y corriente la diferencia es su denominación como Factura Especial

¿Cuál es su utilidad?

Cuando uno como contribuyente adquiere bienes y servicios de otra persona individual y este no nos entregue la correspondiente factura, entonces podemos emitir a cuenta del vendedor la factura especial, la cual nos puede servir como medio para poder deducir nuestros gastos y recuperar nuestro IVA, con dicha factura especial el prestador del servicio soporta los pagos de IVA e ISR.

¿Cuando no pueden utilizarse?

Según la ley del IVA en su artículo 52 indica que no pueden emitirse facturas especiales entre los mismos contribuyentes del IVA (Se supone que el Contribuyente tiene factura).

Tampoco en las operaciones de carácter habitual que se realicen entre personas individuales.

Sin embargo indica la ley Se exceptúan de esta prohibición, los casos en que el emisor de la factura especial haga constar en la misma, que el vendedor o prestador de servicio se negó a emitirle la factura correspondiente.

En la declaración Jurada mensual de IVA, el contribuyente le toca reportar todas las facturas especiales emitidas.

Archivo

De la factura especial según el Reglamento de la Ley del IVA debe emitirse en original y una copia, entregando la copia al vendedor o prestación de servicios y quedándose el contribuyente con la original.

Tarifa de ISR en Facturas Especiales

En las facturas especiales según el artículo 31 de la Ley del ISR se establece una renta presunta imponible siendo la siguiente:

Ø  Venta de Bienes              10%

Ø  Prestación de Servicios     20%

Al resultado de multiplicar el valor establecido con la persona que presta el servicio se le resta el Impuesto al Valor Agregado, (según ley del IVA los impuestos ya incluyen IVA). Luego se multiplica por el porcentaje de Renta presunta y como último paso este se multiplica por la Tasa del ISR establecida en el artículo 72 de la ley del ISR, el cual es el 31%

EJEMPLO

Juan Perez nos presta un servicio de flete para trasladar una mercadería a nuestras bodegas, el monto del servicio fue de Q 5,000.00

Procedimiento

Se emite a Juan Perez una Factura Especial por un monto de Q 5,000.00, luego le retenemos lo siguiente:

IVA

Q 5,000.00 / 1.12 nos da un Sub total de Q 4,464.28 el cual corresponde al valor del servicio de sin IVA, el restante Q 535.72 se le retiene y cancela a la SAT, a la vez nos sirve para acreditarnos el IVA

ISR

Sobre la Base de Q 4,464.28 multiplicamos la tarifa de Renta imponible la cual es de 20% el cual nos da una renta imponible de Q 892.85, a esta Renta imponible le descontamos el 31% que establece el artículo 72 de la Ley del ISR el cual no da 276.78, monto el cual retenemos y cancelamos a la SAT a cuenta de ISR.


Respuestas

  1. Hola, de antemano gracias por la oportunidad.
    Recien me inicio como Contador General de una empresa, èsta viene emitiendo facturas especiales por diversos gastos no respaldados. Se emiten facturas especiales cada ciertos meses.

    Mi duda es si està dentro del marco legal y si no, yo como contador de la empresa que responsabilidad tendrìa.

    Gracias por su valiosa ayuda,

    • Buena tarde Pedro:
      Te comento que tal como se indica en el Post, esto esta dentro del marco legal, ya que indica que cuando el vendedor no entregue la factura entonces se respalda con las facturas especiales, solo hay que poner atención que los porcentajes ya cambiarón, este post es muy antiguo y lo unico que cambia es los porcentajes de compras 5% y servicios el 6%, solamente hay que retener y cancelar los impuestos de las facturas especiales, saludos.

  2. Como productor como contabilizo y declaro ante la Sat una factura especial que emitio un exportador por mi cuenta. saludos

    • Buen día Juan:
      Te comento que según la nueva reforma tributaria, si el Exportador emitio una factura especial se entiende que no estas inscrito como productor autorizado ya que el productor autorizado ya maneja facturas contables, la factura especial solamente la manera el exportador en su contabilidad, en tu contabilidad dicha factura no debería operarse ya que solamente es constancia que cancelastes el impuesto incluido en dicha factura, saludos.

    • GRACIAS, POR LA REPUESTA, HASTA PRONTO

    • Para servirte Juan

  3. muchisimas gracias, tengo un trabajo de contabilidad sobre esto y no lo encontraba en ningun lado, te lo agradezco!!!!!

  4. Excelente explicación para alguien que no maneja los términos técnicos. Bien! =)

  5. gracias, te lo agradezco

    Exitos.


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